Saltar menúes de navegación e información institucional Teclas de acceso rápido

Click aquí para activar las notificaciones y recibir las noticias directamente en su escritorio.

Nacional

Habilitarán el voto por correo para que residentes en el exterior puedan sufragar

Compartir: Enviar Imprimir

La cuenta regresiva para las elecciones presidenciales del último domingo de octubre ya comenzó. Y, a juzgar por las encuestas que describen un escenario cristalizado de marcada paridad y polarización, cada voto cuenta a la hora de llegar (o quedarse, en el caso del oficialismo) a la Casa Rosada.

Con esa realidad como contexto ineludible, el gobierno de Mauricio Macri publicará mañana un decreto reglamentario que facilita la votación de los cerca de 360.000 argentinos que viven en el exterior y están en condiciones de participar de las PASO de agosto y las presidenciales de octubre.

El decreto, que lleva las firmas del ministro del Interior, Rogelio Frigerio, y el jefe de gabinete Marcos Peña, establece la posibilidad del voto por correo para aquellos argentinos que cumplan con el requisito de haber hecho su cambio de domicilio y presenten una declaración jurada.

Queda, para aquellos que así lo prefieran, la opción que se utiliza desde 1993: la votación presencial en cada consulado argentino en el exterior. En ambos casos el voto es optativo y válido solo para elecciones a presidente y vice, parlamentarios del Mercosur y legisladores nacionales en los distritos del último domicilio en el país.

"Esta reglamentación busca facilitar el voto de los argentinos que viven fuera del país. Lo que se pretende es que todo aquel ciudadano argentino que tenga la voluntad de participar de las elecciones no se vea privado de hacerlo por las dificultades que supone el traslado hasta el lugar de votación", afirmó a LA NACION Adrián Pérez , secretario de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior.

"Muchos argentinos viven muy lejos de los consulados y esto hacía muy difícil el ejercicio del derecho a votar. Por eso incorporamos la posibilidad del voto postal tal como ocurre en muchos países", agregó el funcionario

Según el texto del decreto al que accedió LA NACION, la inscripción para votar por correo podrá hacerse "hasta 90 días antes de las elecciones a través de un registro online que administrará la Cámara Nacional Electoral".

Una vez inscripto, el votante recibe las boletas en su casa (el sistema es el de la Boleta Única Papel) y debe reenviarlas al consulado más cercano junto a su declaración jurada de identidad. Las boletas se reúnen en cada embajada y son enviadas a la Cámara Nacional Electoral, que realiza el conteo de los votos con presencia de todos los partidos y en conjunto con el escrutinio definitivo, cuarenta y ocho horas después de la votación en el país.

El decreto reglamenta la ley 24.007, aprobada durante el gobierno de Carlos Menem, en el que se autorizaba a votar a los argentinos que residen en el exterior, aunque nada decía de la modalidad de votación.

Diario Panorama

Exterior Habilitarán voto
Compartir: Enviar Imprimir

Teclas de acceso