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Política

Piden a Nación la urgente reglamentación de la Ley 26.842

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La iniciativa fue aprobada por unanimidad. Luchar contra la trata de personas, es comprometerse a poner fin a la esclavitud que padecen innumerable cantidad de personas mayoritariamente mujeres.

En la última sesión ordinaria, los legisladores sancionaron el proyecto de resolución 507/16 de la diputada Gabriela Mestelán por el que pide al Gobierno Nacional que reglamente, en forma urgente, la Ley 26.842 de ?Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas?.

El pedido se fundamenta en que por ejemplo sin Artículo 22 de la ley 26.842, no se podrá poner en funcionamiento el comité que incluye la implementación de un programa nacional. Este comité tiene como funciones: diseñar estándares de actuación, protocolos y circuitos de intervención que contribuyan a prevenir y combatir los delitos de trata y explotación, y a proteger y asistir a las víctimas y sus familias; desarrollar acciones eficaces orientadas a aumentar la capacidad de detección, persecución y desarticulación de las redes de trata y explotación; asegurar a las víctimas el respeto y ejercicio pleno de sus derechos y garantías, proporcionándoles la orientación técnica para el acceso a servicios de atención integral gratuita (médica, psicológica, social, jurídica, entre otros); generar actividades que coadyuven en la capacitación y asistencia para la búsqueda y obtención de oportunidades laborales, juntamente con los organismos pertinentes; prever e impedir cualquier forma de re-victimización de las víctimas de trata y explotación de personas y sus familias.

El comité también deberá llevar adelante un Registro Nacional de Datos vinculados con los delitos de trata y explotación de personas, como sistema permanente y eficaz de información y monitoreo cuantitativo y cualitativo; organizar actividades de difusión, concientización, capacitación y entrenamiento acerca de la problemática de los delitos de trata y explotación de personas; promover el conocimiento sobre la temática de los delitos de trata y explotación de personas y desarrollar materiales para la formación docente inicial y continua; impulsar la coordinación de los recursos públicos y privados disponibles para la prevención y asistencia a las víctimas.

Además, aportando o garantizando la vivienda indispensable para asistirlas conforme lo normado en la presente ley; capacitar y especializar a los funcionarios públicos de todas las instituciones vinculadas a la protección y asistencia a las víctimas, así como a las fuerzas policiales, instituciones de seguridad y funcionarios encargados de la persecución penal y el juzgamiento de los casos de trata de personas con el fin de lograr la mayor profesionalización; coordinar con las instituciones, públicas o privadas, que brinden formación o capacitación de pilotos, azafatas y todo otro rol como tripulación de cabina de aeronaves o de medios de transporte terrestre, internacional o de cabotaje, un programa de entrenamiento obligatorio específicamente orientado a advertir entre los pasajeros posibles víctimas del delito de trata de personas; coordinar con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la implementación del Sistema Sincronizado de Denuncias sobre los Delitos de Trata y Explotación de Personas. Realizar en todo el territorio nacional una amplia y periódica campaña de publicidad del Sistema y el número para realizar denuncias.

El Comité Ejecutivo elaborará cada dos (2) años un plan de trabajo que deberá ser presentado ante el Consejo Federal para su aprobación. Deberá también elaborar y presentar anualmente ante el Consejo Federal informes sobre su actuación a los fines de que éste pueda ejercer sus facultades de supervisión. Estos informes serán públicos.

?L? uchar contra la trata de personas, es comprometerse a poner fin a la esclavitud que padecen innumerable cantidad de personas mayoritariamente mujeres en este tiempo de la historia que nos toca vivir,

Ley 26.842 Mestelan Trata de Personas
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