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Comercio municipal recuerda restricciones durante la veda electoral

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La Dirección de Comercio e Industria de la Municipalidad de Río Gallegos, dependiente de la Secretaría de Gobierno Municipal informa que, teniendo en cuenta las proximidades de los comicios, la comuna hará cumplir la Ley 19.945 y sus modificatorias del Código Nacional Electoral.

En el marco de la veda electoral por las próximas elecciones provinciales y las PASO, inspectores de Comercio del Municipio realizarán controles para verificar que se cumpla con la restricción de la venta de alcohol, no apertura de salones de eventos ni locales de concurrencia masiva durante las fechas y horarios establecidos por dicha ley.

El director del área, Miguel Dabbraccio informó que ?el cuerpo de inspectores recorrerá la ciudad en horas tanto diurnas como nocturnas, verificando bares nocturnos, confiterías bailables, restaurantes, supermercados, salones de eventos, kioscos, despensas, etc?.

En los casos de establecimientos como supermercados o confiterías, se verificará que las botellas de alcohol estén ocultas y/o fuera de la vista del público y en los salones de eventos que no se realicen fiestas con concurrencia de personas (día domingo) o consumo de alcohol.

Dabbraccio agradeció al personal de la Secretaría Electoral de Río Gallegos quienes instruyeron y asesoraron sobre los detalles técnicos. Recordó que ?el Código electoral estableció entre otras medidas, la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas entre las 20 hs del sábado 10 de agosto y las 21 horas del domingo 11, como así también los espectáculos en recintos cerrados o al aire libre durante el domingo del comicio; por lo que bares, boliches, etc; no podrán abrir en esa franja horaria.

Sin embargo, salones de eventos y/o de fiestas, que cuenten con la debida habilitación municipal podrán el día sábado, realizar aquellos eventos como bautismos, casamientos o cumpleaños de 15, que ya estuviesen contratados previamente, y que sean informados al Departamento de Inspecciones como establecen las normas. En esos casos, la Dirección de Comercio solo permitirá un horario de cierre máximo de las 05 de la madrugada del domingo.

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