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Nacional

La ANAC impondrá sanciones a las aerolíneas que no cumplan con el protocolo contra el coronavirus

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La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) impondrá sanciones a las aerolíneas que incumplan las medidas de prevención, por la alerta sanitaria mundial contra el coronavirus, por ser considerado de “un innecesario riesgo a la salud pública”.
En un comunicado la ANAC expresó que “el incumplimiento de la medida complementaria respecto del procedimiento para el descenso de pasajeros será fiscalizado y el incumplimiento de la misma será pasible de las sanciones”.

Para evitar la propagación del coronavirus, en base al protocolo establecido por el Ministerio de Salud, la institución de aviación estableció: “La obligación durante el vuelo, o al aterrizaje, del piloto al mando de una aeronave, o su representante, de cumplimentar y entregar a la autoridad competente del aeropuerto la parte sanitaria de la Declaración General de Aeronave".


También, obliga "a facilitar a dichas autoridades toda la información que se le requiera respecto a las condiciones de sanidad a bordo durante el viaje internacional y a toda medida sanitaria aplicada a la aeronave, una vez que le son notificadas”.
La resolución 2020-92 sostiene la medida en su carácter de “Autoridad Aeronáutica derivada del Código Aeronáutico, las Regulaciones Aeronáuticas, Convenios y Acuerdos Internacionales, Reglamento del Aire y demás normativas y disposiciones vigentes, tanto nacionales como internacionales”.
El instructivo reitera la obligación de “todas las aerolíneas de informar durante el vuelo la presencia de cualquier posible “caso sospechoso” a las autoridades aeroportuarias "antes del arribo al aeropuerto”, y aclara que la detección podrá producirse "por aviso del pasajero o miembro de la tripulación o por observación del personal de abordo o de otro pasajero”.
Especifica que, “ante la presencia de un caso sospechoso”, conocido por la información impuesta en una declaración jurada, "la aerolínea deberá incluir la novedad en la parte sanitaria de la Declaración General de Aeronave y advertir tal incidencia a los Servicios de Tránsito Aéreo (Torre de Control), con carácter previo a su arribo”.
En caso del paciente, se le derivará a una ubicación de la aeronave en un puesto remoto, el aislamiento del pasajero y la confección del formulario de Declaración Jurada por parte de todos los ocupantes del avión.

Fuente: A24.com
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