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Política

Santa Cruz crea un registro obligatorio para quienes transportan agua en camiones cisterna

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Los transportistas de agua a granel tendrán 60 días corridos para inscribirse. Cada traslado deberá contar con una guía que identifique el origen, volumen y destino del recurso. Una vez vencido el plazo, solamente podrán realizar la actividad los operadores registrados.

Desde este 1° de octubre, Santa Cruz pondrá en funcionamiento el Registro Provincial de Transportistas de Agua a Granel (RTAG), que establece la inscripción obligatoria de quienes trasladan el recurso mediante camiones cisterna y otros medios de transporte.

La medida fue implementada por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, dependiente del Ministerio de Energía y Minería, y apunta a reforzar los controles sobre de dónde se extrae el agua, cuánto volumen se transporta y cuál es su destino final.

Los operadores alcanzados por la normativa tendrán 60 días corridos para completar la inscripción. Una vez finalizado ese período, únicamente podrán transportar agua a granel quienes se encuentren registrados.

¿Por qué se implementó el registro?

La creación del RTAG surgió luego de inspecciones y actuaciones técnicas en las que Recursos Hídricos detectó un crecimiento de la actividad realizada por transportistas que no son titulares de los permisos de captación.

Hasta ahora, la ausencia de un registro específico dificultaba conocer los volúmenes trasladados y verificar el origen y destino del recurso, además de complicar la detección de posibles captaciones no autorizadas.

Con el nuevo sistema se busca identificar a los operadores y establecer una trazabilidad de cada traslado de agua realizado dentro de Santa Cruz.

Cada camión cisterna deberá estar identificado

La inscripción de las empresas tendrá una vigencia de dos años y cada unidad cisterna contará con un certificado y una identificación específica que deberá exhibirse de manera visible.

Uno de los principales instrumentos de fiscalización será la Guía de Transporte de Agua a Granel, que tendrá que acompañar cada traslado.

El documento deberá informar el origen del agua, el volumen transportado, el destino y el usuario receptor.

El secretario de Estado de Recursos Hídricos, Emilio Rivera, explicó que esta documentación permitirá realizar el seguimiento de cada operación y verificar las condiciones en las que se desarrolla el transporte.

Estar registrado no autoriza a extraer agua

Desde Recursos Hídricos hicieron además una aclaración central: estar inscripto como transportista no significa tener autorización para captar o extraer agua.

“El recurso deberá provenir exclusivamente de fuentes autorizadas por la Autoridad de Aplicación”, explicó Rivera.

El organismo podrá realizar inspecciones tanto en los puntos de captación como durante el traslado y en los lugares de destino.

La normativa también alcanza a quienes contraten estos servicios, quienes deberán recurrir a transportistas registrados y verificar que el agua provenga de una fuente habilitada.

El RTAG comenzará a regir el 1° de octubre de 2026. Desde esa fecha correrá el plazo de 60 días para que los operadores alcanzados regularicen su situación.

ENTRA EN VIGENCIA EL 1° DE OCTUBRE
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